Introducción

Esta vez no vamos a hablar de forma directa de los peligros de la Disposición Final Primera de la Ley de Economía Sostenible, ni del Paquete Telecom, ni de la Declaración de Granada, ni de ACTA. En este artículo nos limitaremos a presentar la anatomía de un lobby internacional que dicta a todo el mundo, incluída España, las leyes de propiedad intelectual que debe redactar.

Los protagonistas de hoy son los miembros más importantes de la International Intellectual Property Alliance (IIPA). La IIPA es una asociación que agrupa a la industria estadounidense basada en la propiedad intelectual. Esta asociación está controlada por las mayores empresas y conglomerados de empresas del sector de medios de comunicación, contenidos y software. Poniéndoles nombres y apellidos:1 General Electric, News Corporation, The Walt Disney Company, Time Warner, Sony, Microsoft, etc.

Estas empresas,2 a través de la IIPA, son responsables de la mayor parte de legislación en propiedad intelectual del mundo. Entre otras: la Digital Millennium Copyright Act y el Special 301 en EEUU, TRIPS de la Organización Mundial del Comercio, ACTA a nivel internacional, algunas de las polémicas enmiendas del Paquete Telecom en Europa y la Disposición Final Primera de la Ley de Economía Sostenible en España.

¿Cómo es posible? Veamos sus instrumentos, sus logros hasta la fecha y sus protagonistas.

Una aproximación a la propiedad intelectual basada en el comercio

Una de las principales claves del éxito de la industria de la propiedad intelectual a la hora de imponer sus leyes a nivel global es lo que en la jerga llaman a trade-based approach to intellectual property. Esto es, introducir la propiedad intelectual en las relaciones comerciales internacionales y, en especial, incluirla en los tratados de libre comercio. Unos tratados que, en un principio, tienen como objetivo regular y reducir los aranceles, se convierten en un vehículo para introducir nuevas leyes de propiedad intelectual, incuso el concepto mismo de propiedad intelectual en países y culturas en los que éste es ajeno.3

Esto ha sido muy beneficioso para los fines de la industria, como veremos más adelante.

Cabe destacar que Edmund T Pratt, CEO de Pfizer entre 1972 y 1991, tuvo un papel crucial, especialmente durante la década de los 80, en la introducción de esta visión de la propiedad intelectual. También John Opel, de IBM y Jacques Gorlin, de quien hablaremos más adelante.[Drahos et al 2002]

El Special 301 Report

La IIPA, formada en 1984, es según Peter Drahos,4 la organización de lobby de la industria basada en la propiedad intelectual más poderosa del mundo.[Drahos et al 2004]

Uno de sus primeros logros fue conseguir que en 1988 se aprobase en Estados Unidos una ley de comercio5 por la que se introducía el procedimiento Special 301 por el que la Oficina del Representante de Comercio de los Estados Unidos (USTR) debe hacer un informe anual, el Special 301 Report, que evalúa el estado de la propiedad intelectual en todo el mundo y mantiene la Priority Watch List y Watch List. Dos listas de países que deben “mejorar”, desde el punto de vista de los intereses económicos estadounidenses, sus leyes de propiedad intelectual. Por cada país se especifican una serie de actuaciones prioritarias que incluyen desde programas educativos hasta nuevas leyes, y el USTR se encarga de forzar a los países que entran en dichas listas a adoptar esas actuaciones prioritarias. En el caso de la Priority Watch List, bajo amenaza de sanciones económicas.

La mayoría de los países incluídos en estas listas entre 1996 y 2000 lo fueron a petición de la Pharmaceutical Research and Manufacturers of America (PhRMA) o la International Intellectual Property Alliance (IIPA).[Sell 2003]

Así, tenemos un procedimiento por el que la industria basada en la propiedad intelectual redacta un informe con una lista de países dónde quiere que la ley de propiedad intelectual cambie y para cada uno de ellos una lista detallada de los pasos que sus Gobiernos debe tomar, y el Gobierno de Estados Unidos que se encarga de que los demás países cumplan.

Y sorprendentemente -¿o no tanto?- funciona.

“Un aspecto fascinante del proceso Special 301 ocurre justo antes de que hagamos nuestras determinaciones anuales, cuando hay una gran actividad en los países que no desean estar en las listas o desean que se les pase a una lista de menor prioridad. De repente las leyes de propiedad intelectual se aprueban o se enmiendan, y las actividades de imposición se incrementan significativamente.”

Oficial de la USTR, citado en [Drahos et al 2002]

Para conocer la historia y el funcionamiento del Special 301 en detalle recomendamos [Drahos et al 2002].

Por último, veamos algunos casos concretos del Special 301 en España. No citamos todas las exigencias de los informes, tan sólo las que han tenido cierto éxito. Repasemos el Special 301 Report de 2008 para España, publicado el 11 de febrero.[IIPA 2008]

Informe: “Conseguir en 2008, a través del Ministerio de Industria, un acuerdo efectivo entre operadoras y propietarios de contenidos para la implementación inmediata y efectiva de procedimientos de Respuesta Gradual (procedimientos contractuales o administrativos para consumidores que abusan de sus cuentas con las operadoras)”

Resultado: Cinco meses después el Gobierno anuncia sus planes contra el P2P, las negociaciones entre operadoras e industrias de contenidos y la posibilidad de implantar la Respuesta Gradual.

Informe: “[Conseguir en 2008] procidimientos de notificación-y-bloqueo (para sitios involucrados en violaciones de copyright)”

Resultados: Se valoran desde entonces y a finales de 2009 llega el anteproyecto de Ley de Economía Sostenible, cuya Disposición Final Primera responde a esta petición de la IIPA.

Informe: “[Conseguir en 2008] el uso de tecnologías de filtrado a nivel de red para evitar efectivamente que el contenido protegido se distribuya sin autorización”.

Resultado: El Ministerio de Industria y el Ministerio de Cultura han propuesto múltiples veces desde 2008 esta posibilidad.

Continuará…

Todavía quedan muchas cosas de las que hablar: TRIPS, ACTA, la promiscuidad entre la industria de contenidos y el Gobierno español, etc.

En el wiki de Hacktivistas trabajamos en el Dossier de actores implicados: ¿Quién es quién en las redes de poder del copyright?. Un dossier en constante construcción y en el que todo el mundo puede participar.

Notas

1 Dado que la estructura de estos conglomerados cambia rapidamente, hay fusiones, reestructuraciones, etc., puede que se haya cometido algún error. En cualquier caso, se ha tratado de hacer referencia a las principales empresas propietarias de subsidiarias pertenecientes a cada una de las asociaciones miembro de la IIPA.

2 Junto a otros del sector de los medios e industria de contenidos y de otros sectores como la industria farmacéutica, biotecnológica, química o la tabacalera que, dado que nos estamos centrando en legislación de propiedad intelectual que afecta a Internet, obviaremos.

3 El caso de Corea del Sur representa a la perfección esa introducción.

4 Citamos principalmente a Peter Drahos ya que es el académico más importante en este tema, o al menos, de los que hemos encontrado, el que ha estudiado durante más tiempo, más a fondo y con más rigor el desarrollo de la legislación de propiedad intelectual a nivel global y el papel de la industria en las labores de lobby.

5 La Omnibus Trade and Competitiveness Act of 1988.[Drahos et al 2002]

Referencias

[Drahos et al 2002] Drahos, Peter y Braithwaite, John. (2002). Information feudalism: who owns the knowledge economy?.

[Drahos et al 2004] Drahos, Peter y Braithwaite, John. (2004). Who Owns the Knowledge Economy? Political Organising Behind TRIPS.

[IIPA 2008]            IIPA. 2008 Special 301 Report Spain.

[Sell 2003]            Sell, Susan K. (2003). Private Power, Public Law: the globalization of intellectual property rights. Cambridge University Press, págs. 126-129

 

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